| Uno
de los aspectos más relevantes y en cierto punto controvertidos
del Sistema Educativo español, es sin duda el relativo
a la Formación Profesional. Sobre este tramo educativo
recaen diversos aspectos que han de ser objeto del estudio y debate:
-
una consideración social injusta y fundamentada sobre la
base de subsidiariedad respecto de las enseñanzas comunes
o académicas arrastrada de épocas recientes y en
cierto punto no completamente superada.
-
una importancia sobre la productividad real de las empresas que
exige continuamente un retorno a ella a los trabajadores de todo
sector productivo. |
Al constituir
nuestro ámbito de trabajo, la Formación Profesional
ha de ser conocida desde el punto de vista ámplio en
el que ha sido abordada por la Ley
Orgánica de Cualificaciones Profesionales y Formación
Profesional. Los tránsitos desde ella, hacia ella
y entre ella exigen herramientas eficaces de información
y orientación capaces de producir a través de
la obtención de una cualificación o de la mejora
de la misma, un acceso selectivo al empleo en los casos de la
inicial o una promoción profesional en el caso de la
población activa y trabajadora.
De esta manera,
tanto los colectivos que a ella se dirigen con estos fines,
como las empresas que absorben el personal cualificado, demandan
en la actualidad al profesor de Formación y Orientación
Laboral la suficiente versatilidad y competencia.
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La
necesaria flexibilidad de la Formación Profesional que
exige el mercado laboral al que va dirigida, ha motivado sucesivas
reformas en las últimas décadas. Al estar y mantenerse
diseminada la Formación Profesional en dos Administraciones
distintas (la educativa y la laboral), la ordenación académica
de la denominada inicial y que constituye nuestro ámbito
de trabajo, viene sustentada en diversas normas de carácter
básico. Dichas normas, al estar referidas al desarrollo
del Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales
han de ser analizadas en relación con las que regulan a
su vez el denominado Subsistema de Formación Profesional
para el Empleo con el que a raíz de la LOCFP se encuentra
integrada. |
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Como
normativa básica de desarrollo de la LOCFP, podemos encontrar
el Real Decreto 1128/2003
de 5 de septiembre por el que se regula el Catálogo Nacional
de Cualificaciones Profesionales, el Real
Decreto 1558/2005 de 23 de diciembre que regula los Centros Integrados
de FP, el Real
Decreto 1538/2006 de 15 de diciembre que regula la ordenación
de la FP Inicial, y el
Real Decreto 395/2007 de 23 de marzo que regula el subsistema
de formación profesional para el empleo.
Junto
estas normas, encontramos diversos decretos que regulan las cualificaciones
profesionales aprobadas hasta ahora hasta un total de 303 en el
momento actual, todas ellas recogidas en una
base de datos del INCUAL. |
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La consecuencia más inmediata de toda esta nueva ordenación
será la traducción de las cualificaciones profesionales
en títulos de
Formación Profesional con una nueva estructura. El
Ministerio de Educación ha publicado en recientes fechas
diversos títulos, y otros están en borrador únicamente
pendientes de su publicación en el BOE. Dentro de estos
títulos se incorporan los módulos que se van adscribiendo
a las distintas especialidades del profesorado.
A
partir de ahora, serán las Comunidades Autónomas
las que desarrollen los currículos de los ciclos formativos
en el ámbito de sus respectivas competencias. En este apartado,
se irán incorporando todas las novedades que a nivel nacional
se van produciendo. El desarrollo de las mismas correspondientes
a cada Administración Educativa, se puede ir siguiendo
en el apartado siguiente. |
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