Qué es el SEIMP
La filosofía que lo sustenta
Por qué surge el SEIMP
Quiénes conforman el SEIMP
Diferencias y ventajas frente a otras entidades de inserción
Las relaciones entre el SEIMP, el alumno y la empresa
La información y orientación a las empresas colaboradoras
Participación activa del alumno en el SEIMP
El seguimiento del titulado o certificado reciente
El SEIMP instrumento de racionalización de la oferta educativa
Oferta educativa del SEIMP

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Desde este servicio, partimos de la consideración de un “doble cliente” al que tenemos la obligación de satisfacer: el alumno matriculado en nuestras enseñanzas y la empresa colaboradora.
1º al alumno lo satisfacemos intermediando para:
- lograr un empleo adaptado a la formación que acaba de finalizar.
- asesorándolo para seleccionar las condiciones de trabajo que le permitan un mayor y más adecuado desarrollo profesional.
2º al empresario lo satisfacemos intermediando para:
- lograr un trabajador contrastadamente cualificado para el puesto de trabajo que ofrece.
- obtener una información personalizada del trabajador que no se obtiene en otros servicios de intermediación laboral.

Podríamos decir que el origen de las pretensiones del SEIMP nace de una obligación legal y por lo tanto ineludible que corresponde al profesorado en general y del de la especialidad de Formación y Orientación Laboral y orientadores de Centros de Educación de Personas Adultas en particular: la propia orientación profesional.

Si bien, a nivel de la Comunidad Autónoma ya hemos mencionado anteriormente la referencia normativa que nos encarga dicho cometido, a nivel legal, dicha obligación legal se establece en el Título III de la Ley Orgánica 5/2002 de las Cualificaciones y de la Formación Profesional (y posteriormente reflejados en el art 42 del R.D1538/2006). De los diversos mandatos que dicha norma encarga a los servicios de orientación, el SEIMP aborda de forma directa dos:
• el que se refiere a la obligación de informar y asesorar sobre las diversas ofertas de formación y los posibles itinerarios formativos para facilitar la inserción y reinserción laborales, así como la movilidad profesional en el mercado de trabajo (artículo 14).
• el que se refiere a la necesaria coordinación entre los diversos agentes que desde diversas perspectivas realizan funciones de información y orientación profesional (artículo 15).

Estos dos encargos en orden a asegurar una adecuada intermediación entre oferentes y demandantes de empleo y de mano de obra, los asume y desarrolla el SEIMP respecto de los dos agentes del mercado laboral: desde la perspectiva del alumno en formación, titulado o certificado reciente, y desde el punto de vista del empleador contratante.

Por otra parte el propósito del SEIMP que no es otro que el empleo y empleado deseado, no tiene su base en una obligación legal, pero sí que es el efecto óptimo esperado tras el proceso de cualificación, tanto para el recién titulado como consecuencia del desarrollo laboral de la formación profesional elegida, como para el empleador que puede encontrar en el centro educativo una fuente de selección de personal gratuita, personalizada y eficaz.

Por tanto, el surgimiento del SEIMP parte de la conjunción de dos premisas contrastadas y cuya conjunción nos lleva a generar un instrumento de calidad para lograr el fin principal de la Formación Profesional. Son las que se exponen a continuación:


La necesidad de sistematización.- podríamos decir que en la realidad de los centros educativos intervienen varios profesionales en el proceso de inserción laboral de los alumnos. Por regla general y teniendo en cuenta las directrices normativas dichos agentes serían al menos los siguientes:
- profesores del Órgano de Coordinación Didáctica de Formación y Orientación Laboral que como ya se ha reseñado tienen encargada la función de liderar la orientación académica y profesional del alumnado de Formación Profesional.
- tutores del Módulo Profesional de Formación en los Centros de Trabajo que en múltiples ocasiones son los únicos intermediarios entre el centro educativo y la empresa colaboradora.
- coordinadores técnicos de los Departamentos de Familia Profesional en el caso de que éstos estén compuestos por más de 5 profesores y cuya función principal junto con la organización de espacios y materiales, es el fomento de las relaciones con empresas e instituciones para el desarrollo del Módulo de FCT (según se prevé en las distintas circulares de inicio de curso).
- jefes de estudios adjuntos de FP en los centros educativos donde así están designados y que en muchas ocasiones son los interlocutores frente a las empresas que se dirigen al centro educativo bien sea para ofrecer colaboración en el Módulo de FCT o para reclutar personal cualificado de los Ciclos Formativos implantados. En todo caso, además se encargan de la coordinación de todos los módulos de FCT en el centro educativo.
- en el caso de Centros de Educación de Personas Adultas existen al menos tres agentes: el orientador del centro, los profesores de especialidades vinculadas a la Formación Profesional que imparten en el centro las distintas enseñanzas profesionales, el miembro del equipo directivo que asuma las funciones de interlocución con las empresas que podrá delegar en el orientador.

El pleno empleo en gran parte de las Familias Profesionales.- no es un hecho desconocido la elevada tasa de inserción laboral en los titulados de Formación Profesional. La rápida absorción laboral de titulados y certificados en nuestras enseñanzas profesionales ante la demanda de mano de obra cualificada por parte de las empresas, es una realidad con la que convivimos habitualmente en los centros educativos. El SEIMP pretende constatar esa realidad así como conocer otros indicadores de índole cualitativa de gran importancia tanto para la supervivencia y mejora de nuestras enseñanzas profesionales como para dar a promover una definitiva dignificación y estimación por parte de los empresarios de la Formación Profesional implantada. Dichos datos son entre otros que analizaremos posteriormente, el grado de estabilidad laboral, las posibilidades de promoción o la realización de actividades profesionales acordes con la formación adquirida.

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